Por la Arquitecta Teresa Lara Muñoz
La composición del grupo está integrado, en su totalidad, por Ingenieros, Arquitectos y una Geógrafa.
Pertenecemos a una organización social de profesionales, conocida con el nombre de Unión Nacional de Arquitectos e Ingenieros de la Construcción de Cuba. (UNAICC). Así que actuamos con sentido de identidad con nuestra organización.
Acatamos los Estatutos de nuestro grupo, desarrollamos relaciones de amistad con los profesionales del país donde llevamos a cabo nuestra labor y nos hacemos representar por el logotipo de nuestra asociación en Cuba.
Este es el logotipo que representa a nuestros profesionales en Namibia. Somos un grupo de afiliados que procedemos del Ministerio de la Construcción y del Instituto de Planificación Física de Cuba.
En el diseño se usó las letras de La UNAICC para sugerir la labor que desempeñamos, como constructores-planificadores Cubanos. Sus tonos predominantes representan los colores de nuestra enseña Nacional
Teniendo en cuenta el interés que puede tener para muchos colegas, y como parte de ese esfuerzo por darnos a conocer, les dejamos con los Estatutos de la organización publicado por el Sitio Web de la UNAICC.
UNIÓN NACIONAL DE ARQUITECTOS E INGENIEROS
DE LA CONSTRUCCIÓN DE CUBA (UNAICC) ESTATUTOS DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Unión Nacional de Arquitectos e Ingenieros de la Construcción de Cuba, UNAICC, fue una Organización social de profesionales de la arquitectura, las ingenierías y otras profesiones estrechamente vinculadas al sector de la construcción, constituida el día tres de diciembre de 1983 al amparo del Artículo 7 de la Constitución de la República de Cuba, siendo excluida de la inscripción en el Registro de Asociaciones por la Resolución 120/1988 del Ministro de Justicia, quien mediante la Resolución 105/2007 de fecha 20 de Abril de 2007 dispuso el registro de la organización como una Asociación de interés social y científico-técnica de profesionales de la arquitectura, las ingenierías y otras profesiones estrechamente vinculadas al sector de la construcción, según lo establecido en el artículo 2 inciso d) de la Ley No.54, “Ley de Asociaciones” de fecha 27 de diciembre del 1985, en lo sucesivo Ley No. 54. Articulo 2: La UNAICC surge en el proceso histórico de la lucha de nuestro pueblo por construir un Estado Socialista y es heredera y continuadora de las mejores tradiciones profesionales y los principios éticos del los arquitectos e ingenieros cubanos. Artículo 3: El Órgano de Relaciones de la UNAICC teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley No. 54 y la coincidencia de sus objetivos y fines así como la composición de su membrecía, es el Ministerio de la Construcción. Artículo 4: Las normas que regulan las relaciones de coordinación y colaboración entre la UNAICC y el Ministerio de la Construcción de conformidad con lo establecido en la Ley No. 54, son permanentes y solo podrán modificarse total o parcialmente, previo acuerdo de las partes. Artículo 5: La UNAICC y el Ministerio de la Construcción deberán designar representantes en todas las instancias para que coordinen y supervisen el cumplimiento de las Normas de Relaciones. Ámbito de actuación. Artículo 6: La UNAICC se ha constituido por término indefinido; con personalidad jurídica y patrimonio propio, siendo sujeto de derechos y obligaciones según lo establecido en la Ley No. 54, los presentes Estatutos, sus Reglamentos internos, los acuerdos de sus órganos de dirección, y las demás normas jurídicas vigentes en el país Artículo 7: El nombre de la Asociación y su emblema no podrán ser variados o modificados sino por acuerdo de su Congreso. Objetivos y fines. Artículo 8: La UNAICC tiene los siguientes objetivos y fines: a) Trabajar en función del desarrollo económico, social, cultural y científico-técnico de la sociedad civil cubana y por lograr la integración de todos los profesionales vinculados al sector de las construcciones en una Asociación única capaz de apoyar, coadyuvar y asesorar a los Órganos del Estado y del Gobierno, así como otras instituciones registradas en el país. b) Colaborar en la edificación, consolidación y defensa del país. c) Apoyar en la prevención y mitigación de los desastres. d) Contribuir al Desarrollo Profesional de sus afiliados, profundizando en ellos el sentido de responsabilidad individual, propiciando y estimulando su participación en la edificación, Desarrollo y Defensa de la Nación cubana. e) Contribuir a la conservación y desarrollo sostenible de los recursos utilizados, del patrimonio construido, así como la protección del medio ambiente. f) Representar y defender los intereses generales de cada profesión. g) Promover la solidaridad, colaboración y buenas relaciones entre sus miembros y Asociaciones afines, tanto nacionales como extranjeras, previo conocimiento del órgano de relaciones. h) Organizar la actividad técnica profesional no lucrativa para apoyar la gestión constructiva de los organismos y órganos de la administración Central del estado, instituciones científicas y sociales del país y a las personas naturales, cuando proceda. i) Organizar, promover, supervisar concursos de proyectos y diseño para inversiones, observando lo establecido en la legislación específica vigente. j) Establecer convenios de colaboración con organizaciones profesionales homólogas nacionales y extranjeras, para el intercambio profesional y de información científico técnica, observando lo estipulado en la legislación vigente. k) Estimular el trabajo internacionalista de los especialistas afiliados, en apoyo a las necesidades que presente nuestro País. l) Apoyar al Ministerio de la Construcción, y a través de éste, a otras instituciones y organismos vinculados con el sector de la construcción, en la prestación de servicios técnicos en el territorio nacional y el exterior. |
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